Preguntas Frecuentes
FAQ Domiciliaciones Bancarias
1.¿Qué ocurre si pago la deuda antes de que se envíe al banco la domiciliación?
2.¿Por qué no se me ha enviado la domiciliación este año al banco?
3.He comprado una vivienda/vehículo y quiero domiciliar todos los recibos, pero todavía no está a mi nombre
4.He pagado mi recibo por domiciliación, pero el documento del adeudo del banco contiene pocos datos. ¿Cómo puedo obtener más datos?
5.¿Puedo domiciliar unos recibos que no están a mi nombre en mi cuenta, sin que el titular del recibo figure como titular de la cuenta?
6.¿Puedo domiciliar una liquidación que se me ha practicado por varios ejercicios de IBI (o cualquier otro concepto)?
7.Domicilié un recibo pero aún no lo han cargado en cuenta
8.¿Puedo domiciliar una deuda en ejecutiva?
9.¿Tengo que aportar alguna documentación para domiciliar?
10.Tengo un cargo en la cuenta bancaria por domiciliación y no sé a qué corresponde
1. ¿Qué ocurre si pago la deuda antes de que se envíe al banco la domiciliación?
No ocurre absolutamente nada, el año siguiente se le vuelve a enviar al banco. En caso de que la domiciliación se haya enviado ya al banco, debe devolver el recibo o solicitar la Devolución de Ingresos (es preferible devolver el recibo y volver a domiciliar para el año siguiente).
2. ¿Por qué no se me ha enviado la domiciliación este año al banco?
Es posible que sea, sobre todo, por 3 razones:
- Porque en el año inmediatamente anterior se haya devuelto el recibo por cualquier razón.
- Porque haya habido algún problema en la domiciliación, en el caso de que sea imputable al Patronato de Recaudación Provincial, tendría que presentar la oportuna reclamación y volver a solicitar la domiciliación correspondiente.
- Porque el contribuyente haya anulado la domiciliación.
3. He comprado una vivienda/vehículo y quiero domiciliar todos los recibos, pero todavía no está a mi nombre
Debe esperar a que el recibo correspondiente aparezca al nombre correcto. Si domiciliamos el recibo a nombre del antiguo titular, cuando se haga el cambio de este, se pueden borrar las domiciliaciones.
4. He pagado mi recibo por domiciliación, pero el documento del adeudo del banco contiene pocos datos. ¿Cómo puedo obtener más datos?
Los datos del adeudo de domiciliación se han visto reducidos por la normativa SEPA, y para acceder a ellos se pone a disposición del contribuyente la Consulta de recibo enviado por Domiciliación Bancaria.
5. ¿Puedo domiciliar unos recibos que no están a mi nombre en mi cuenta, sin que el titular del recibo figure como titular de la cuenta?
Si, no hay problema ninguno. Según el Art. 38 del Reglamento General de Recaudación, los recibos podrán domiciliarse en una cuenta que no sea de titularidad del obligado, siempre que el titular de dicha cuenta autorice la domiciliación.
6. ¿Puedo domiciliar una liquidación que se me ha practicado por varios ejercicios de IBI (o cualquier otro concepto)?
No, al ser un recibo no periódico, no se enviará al banco. Podemos solicitar la domiciliación sobre esa liquidación, pero no se enviará al banco hasta que aparezca el recibo de cobro periódico.
7. Domicilié un recibo pero aún no lo han cargado en cuenta
Por norma general se envían al banco un mes antes de la fecha fin de voluntaria.
8. ¿Puedo domiciliar una deuda en ejecutiva?
No se pueden domiciliar deudas en ejecutiva, ni enviarse un segundo lote de domiciliaciones aunque esté en voluntaria.
9. ¿Tengo que aportar alguna documentación para domiciliar?
No es necesario aportar nada para domiciliar, ni copia de DNI ni de la cartilla, simplemente basta con aportar el número de la cuenta corriente.
10. Tengo un cargo en la cuenta bancaria por domiciliación y no sé a qué corresponde
Si dispone del documento del banco puede consultar que cargo es el que le han hecho a través de la Consulta de recibo enviado por Domiciliación Bancaria.