Periodo Voluntario de Pago del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) 2023
Desde el 18 de septiembre y hasta el próximo 24 de noviembre del 2023 se podrán abonar en periodo voluntario los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) de los municipios cuya Gestión se encuentra Delegada al Patronato de Recaudación.
Corresponde el pago del IAE por el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas en territorio nacional, exigiéndose por los Ayuntamientos en los supuestos de tributación en el impuesto por cuota municipal.
Están exentos de pago los sujetos pasivos personas físicas y las sociedades, sociedades civiles y entidades del artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.
Para realizar el pago, es necesario el documento de ingreso que a tal efecto se hará llegar al obligado al pago.
El Patronato de Recaudación Provincial, en su línea de mejora continua y apuesta por la innovación, envía a los obligados al pago personas jurídicas las cartas de pago correspondientes a recibos de padrón mediante COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA con su puesta a disposición en la SEDE de la Agencia y en la DEHú (Dirección Electrónica Habilitada Única), con remisión de avisos de su puesta a disposición a los correos electrónicos designados (por la que destacamos la importancia de completar este dato y su actualización), eliminando gradualmente el envío en formato papel.
Los recibos domiciliados serán cargados directamente en la cuenta bancaria. Para aquellos recibos no domiciliados, puede realizar el pago del impuesto con tarjeta bancaria o bizum (desde dispositivo móvil) a través del código QR que figura en todos los avisos de pago o a través de la Oficina Virtual del Patronato de Recaudación (https://sede.malaga.es/patronatoderecaudacion/oficina-virtual/). Evitando así acudir de manera presencial a una oficina o entidad bancaria.
Además, podrá abonar sus recibos pendientes en las entidades financieras, en los cajeros automáticos, de manera presencial en las oficinas de atención al contribuyente de esta Agencia (a través de los distintos datáfonos ubicados en dichas oficinas) o mediante giro postal.
Por su comodidad, desde el Patronato de Recaudación le recomendamos domiciliar el pago de los tributos de cobro periódico.
En el supuesto de que no se haya recibido la carta de pago, podrá solicitar un duplicado accediendo a la Oficina Virtual de esta Agencia o llamando al teléfono de atención al contribuyente 951 957 000.
La no recepción de la carta de pago no exime de la obligación del abono de la deuda. Transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario se iniciará el periodo ejecutivo, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Los contribuyentes pueden obtener más información en el apartado IAE del portal Web de la Agencia (https://portal.prpmalaga.es/). Si una vez consultada, no encuentra la ayuda que necesita, puede ponerse en contacto con las Oficinas del Patronato de Recaudación.